jueves, 18 de abril de 2013

Protección y Gestión del Agua


Para la consecución de dichos objetivos se han seguido diferentes estrategias a lo largo del tiempo, desde la protección de los recursos hídricos en función de los usos del agua

La política ambiental europea tiene entre sus principios fundamentales, la conservación, protección y mejora de la calidad del agua así como la utilización prudente y racional de los recursos naturales (Artículo 130R del Tratado de la Unión Europea).

Para la consecución de dichos objetivos se han seguido diferentes estrategias a lo largo del tiempo, desde la protección de los recursos hídricos en función de los usos del agua, al control de vertidos mediante normas de emisión para llegar a una estrategia ambiental, basada en la protección de las masas de agua consideradas como ecosistemas acuáticos, con un enfoque por tanto más ambiental que promueve e impulsa un uso más sostenible del agua.

El principal instrumento de la Comisión Europea para la planificación y gestión del agua en los países miembro es la “Directiva 2000/60/CEE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas”, también conocida como Directiva Marco del Agua (DMA).

Esta Directiva Marco del Agua (DMA), tiene como objetivos la prevención, la reducción de la contaminación, la promoción del uso sostenible del agua, la protección del medio ambiente, mejora de la situación de los ecosistemas acuáticos y la atenuación de los efectos de las inundaciones y de las sequías. Dicha directiva del agua posee una gran complejidad tanto jurídica como técnica que requiere de los profesionales mejor cualificados para su implantación. De este modo el Instituto Superior del Medio Ambiente pone en marcha un curso de Tratamiento y Depuración de Aguas en modalidad online.

En cuanto a los vertidos de aguas residuales, la Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas,  nace con el objetivo de proteger al medio ambiente de los efectos negativos de los vertidos de las aguas residuales urbanas y de los procedentes de determinado sectores industriales. Por ello, establece unos requerimientos mínimos para su recogida y tratamiento, en función del tamaño de la aglomeración y de las características de la zona de vertido.

El cumplimiento de esta Directiva sobre tratamiento de aguas residuales conlleva que, desde el año 2005, todas las aglomeraciones urbanas mayores de 2.000 habitantes-equivalentes deberán contar con sistemas de depuración conformes a los límites de vertido en ella establecidos. Esta obligación, junto con la el incremento de la conciencia en la protección de los recursos hídricos, ha conllevado una fuerte inversión por parte de las Administraciones Públicas a todos los niveles (europeas, nacionales, autonómicas y locales) en el diseño, construcción y mantenimiento de estaciones depuradoras de aguas residuales.

Sin embargo, a día de hoy, España y varios países de la Unión Europea no cumplen con la Directiva Marco del Agua (DMA), por lo que deberán continuar realizándose esfuerzos en la materia y contar con profesionales que mantengan y actualicen los sistemas de depuración actual y diseñen y construyan los sistemas donde no los haya.

Fuente: http://www.ecoticias.com/sostenibilidad/77546/Proteccion-Gestion-Agua

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