martes, 3 de noviembre de 2009

Multas máximas subirán 240 veces si se aprueba nueva institucionalidad ambiental

La ministra de Medio Ambiente, Ana Lya Uriarte, asegura que con los nuevos proyectos de ley se garantizará una tramitación de planes más técnica y menos política.

Gustavo Orellana V. Costó, pero salió. La semana pasada, el Gobierno y senadores de la Concertación y la Alianza firmaron un protocolo de acuerdo que destraba una serie de proyectos de ley que crean una nueva institucionalidad ambiental.

Tras el acuerdo en el Congreso, todo está listo para que el conjunto de leyes sea votado antes del receso de los parlamentarios el próximo 10 de noviembre.

Una buena noticia, que no lo es tanto para aquellos que infrinjan la ley ambiental. De hecho, uno de los aspectos más relevantes de las nuevas leyes se refiere a las multas, las que aumentan considerablemente.

Por ejemplo, hasta ahora la multa máxima con que se puede sancionar a una empresa que causa un daño ambiental calificado como grave (contaminación de un río, etc.) llega a las 500 unidades tributarias mensuales (UTM), actuales $18,3 millones (US$ 34.367). Pero bajo la nueva ley, la sanción puede llegar a 10.000 unidades tributarias anuales, es decir, sobre $4.400 millones, unos US$ 8,2 millones. Mientras que la multa mínima es de 5.000 UTA, es decir, unos US$ 4,1 millones.

Se trata de un alza de casi 240 veces porque la idea, según explica la ministra de Medio Ambiente, Ana Lya Uriarte, es que las multas sean realmente disuasivas.

La nueva institucionalidad ambiental establece un marco de mayor fiscalización a través de la creación de la Superintendencia de Medio Ambiente y los Tribunales Ambientales, los que serán consultados y tendrán la última palabra sobre las sanciones, cada vez que la autoridad detecte episodios de contaminación.

No todas las empresas estarán expuestas a estas multas (ver recuadro). El monto máximo, en rigor, se aplicará a desastres ambientales mayores -como derrames de petróleo y contaminación grave en acueductos-, y se considerará también el tamaño de la compañía. Es decir, una empresa pequeña o mediana pagará menos.

La multa, en todo caso, será el segundo castigo más grande. El primer paso será una amonestación. Luego viene la multa y, en casos de reincidencia, la suspensión temporal de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), que es el permiso para la ejecución de proyectos u operación de fábricas. Finalmente, si la empresa persiste, se procederá a la cancelación de la RCA.

Tres ejes

La ministra, además, plantea que los ejes que inspiran esta nueva política ambiental son tres: mayor jerarquía institucional, fiscalización eficiente y mayor tecnificación en las decisiones ambientales.

Pese a los cambios radicales a implementarse, el sector privado no se ha pronunciado al respecto, pues, tal como comprobó "El Mercurio", los equipos legales de varias firmas recién analizan el impacto de las futuras leyes.

Reincidencia

Si la empresa comete nuevas faltas después de haber recibido una multa, puede sufrir la suspensión de su permiso de operación ambiental.

Cuándo se aplican las multas

Sanción por escrito

En casos de contaminación o faltas leves, por primera vez.

Multa máxima

10.000 UTA (US$ 8,2 millones), en casos de gran magnitud; por ejemplo, contaminación grave de acuíferos o derrames de petróleos. Se considerará el tamaño de la empresa.

Suspensión de permiso

En casos de reincidencia, tras la aplicación de una multa, se suspenderá la resolución de calificación ambiental, o permiso ambiental, lo que obliga a la paralización de actividades.

Caducación de permiso

Se aplicará cuando la conducta es reiterada y se han agotado las demás instancias sancionatorias.

Fuente: "El Mercurio"

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