La inhabilidad del ministro Vásquez se estableció tras una recusación formulada por el superintendente de Medio Ambiente, Juan Carlos Monckeberg, que estimó que el juez se habría pronunciado públicamente en los medios de comunicación sobre la sanción de la SMA a Pascua Lama. Con ese hecho, habría incurrido en la causal de recusación del artículo 168 Nº 10 del Código Orgánico de Tribunales, esto es, “haber el juez manifestado de cualquier modo su dictamen sobre la cuestión pendiente, siempre que lo hubiere hecho con conocimiento de ella”.
El ministro Vásquez -en una acción inédita según abogados medioambientales- presentó una reposición ante la misma Corte de Apelaciones, para revertir la inhabilidad.
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